La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, dentro del Programa de Desarrollo Rural, ha convocado las Ayudas para la realización de Tratamientos Selvícolas, reguladas por la Orden 20/07/2016. Esta entrada la escribimos para analizar las principales características de esta convocatoria de manera que propietarios y titulares forestales realizan las actuaciones que necesitan sus explotaciones.
Como en otras ocasiones, contestamos a las preguntas que todos nos hacemos ante este tipo de ayudas:
¿Quién puede ser beneficiario?
Pueden solicitar estas ayudas cualquier persona o entidad que sea titular de la superficie forestal o monte a excepción de las comunidades de bienes. Es decir, particulares, empresas, asociaciones, ayuntamientos, etc. pueden ser beneficiarios de estas ayudas.
¿Qué tipo de terrenos son susceptibles de recibir las ayudas?
En el artículo 3 indican que son aquellos que estén caracterizados por los siguientes usos SIGPAC:
- Forestal (FO)
- Pasto arbustivo (PR)
- Pasto con arbolado (PA)
¿Qué actuaciones son subvencionables?
Se subvencionan los costes de los siguientes trabajos:
- Rozas
- Podas
- Cortas
- Gestión de residuos
¿Cuál es el importe de la Ayuda?
Cada beneficiario -solamente puede presentarse una solicitud por titular- puede recibir un total de 40.000 €, teniendo en cuenta que el importe máximo subvencionable por hectárea es de 2.300 €.
¿Cuáles son los criterios de valoración?
La concesión de las ayudas se realiza a través del método de la concurrencia competitiva, es decir, se establecen unos criterios de valoración los cuales tienen asociada una puntuación, cuantos más criterios se cumplan más puntos se lograrán y, por tanto, más posibilidades de ser beneficiario. Pues bien, los criterios son los siguientes:
- Clasificación del Monte (hasta 10 puntos)
- Localización/Ubicación del Monte en relación a una zona incluida en Red Natura 2000 (hasta 10 puntos)
- Gestión Forestal Sostenible (en este enlace os contamos cómo se consigue) (hasta 10 puntos)
- Superficie continúa de actuación (hasta 10 puntos)
- Densidad de población del término municipal (hasta 10 puntos)
- Agrupación de titulares forestales (hasta 10 puntos)
En función de estos criterios se debe alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos para poder ser beneficiario.
Sin embargo, también es necesario indicar tres condicionantes que se necesitan cumplir para poder llegar a ser beneficiario:
- La superficie de actuación mínima tiene que ser de 10 hectáreas.
- Si la explotación forestal tiene una superficie mayor a 100 hectáreas es necesario tener un instrumento de Gestión Forestal Sostenible (consulta este enlace para conocer que son estos tipos de instrumentos)
- Si la explotación o la masa forestal donde se prevé actuar procede de la forestación de tierras agrícolas éstas deben tener una edad superior a los 15 años.
En definitiva…
Se trata de una buena oportunidad para realizar trabajos selvícolas en tú monte. Te invitamos a ponerte en contacto con nosotros para resolverte cualquier duda o pregunta, trabajaremos y analizaremos las características de la explotación y realizaremos todos los trámites necesarios ante la Junta de Castilla-La Mancha para que finalmente puedas ser beneficiario de la ayuda.
¡¡¡Ponte en contacto con nosotros si quieres ser beneficiario!!!