Ayudas Reforestación CyL (2023)

Share

El pasado lunes, 17 de julio, se publicaba en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) el Extracto de la Orden de 6 de julio de 2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio convocando las Ayudas destinadas a la Reforestación y Creación de superficies forestales para el año 2023.

Esta sexta convocatoria de las ayudas no ha cambiado con respecto a las anteriores convocatorias pero, como en otras ocasiones, queremos compartir con vosotros sus principales características…

¿Cuál es el objetivo de las ayudas?

El objetivo de estas ayudas sigue siendo la misma que en convocatorias anteriores…

«la ampliación de los recursos forestales y la mejora de su calidad en el territorio de Castilla y León, mediante la reforestación y la creación de superficies forestales y, posteriormente, asegurando su éxito financiando el mantenimiento de las repoblaciones realizadas»

Pero… ¿Qué es una reforestación? o ¿una forestación? o ¿repoblación forestal?

Todos estos conceptos giran entorno a la creación de superficie forestales. El matiz está en el origen de estas superficie. Así, reforestación hace referencia a la introducción de especies forestales, mediante siembra o plantación en terrenos que presentaban, en un pasado cercano, una masa forestal de similares características pero, que quedaron rasos a causa de talas, incendios, vendavales, plagas, enfermedades u otros motivos.

Por el contrario, el término forestación se diferencia del anterior en que la introducción de las especies forestales, mediante siembra o plantación, se hace en lugares donde soportaban un uso diferente al forestal, principalmente, agrícola.

En ambos casos, se puede hablar de repoblación forestal.

¿Hay una superficie mínima para reforestar?

Si, hay una superficie mínima. Esta convocatoria no ha cambiado con respecto a las anteriores, manteniendo una superficie mínima de 5 hectáreas y un máximo de 100 hectáreas. Esta superficie tendrá que ser «continúa e independiente de actuación igual o superior a 2 hectáreas«, es decir, como mínimo, la reforestación se puede solicitar para dos zonas independientes de 2 y 3 hectáreas. Siempre en el mismo término municipal o, al menos, en términos municipales colindantes de una misma provincia.

¿Cuáles son los terrenos que son susceptibles de reforestar?

Los usos SIGPAC sobre los que se puede solicitar la reforestación son los siguientes:

  • Pasto con arbolado (PA)
  • Pasto arbustivo (PR)
  • Pastizal (PS)
  • Tierras arables (TA)
  • Huerta (TH)
  • Improductivo (IM)

¿Qué tipo de trabajos subvenciona?

Los trabajos subvencionados son los siguientes:

  • Preparación del terreno, adquisición de planta y plantación
  • Instalación de protectores
  • Obras complementarias: cerramientos, vías de acceso, cortafuegos y/o puntos de agua

Igualmente, aunque no se trata de un trabajo, estas ayudas contemplan el pago de una prima de mantenimiento durante los 5 primeros años. El importe de esta prima son 300 €/ha. Esta prima de mantenimiento no es aplicable a las entidades públicas, es decir, a los Ayuntamientos y/o Entidades Locales.

¿Qué presupuesto tienen las ayudas?

En esta convocatoria se ha ampliado el presupuesto, con respectos a los anteriores, hasta los 7.000.000 €. Están financiadas al Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER) y a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué especies se pueden utilizar en la repoblación? ¿Cómo realizarla?

La Junta de Castilla y León describe 13 comarcas naturales divididas en 35 zonas. En cada una de estas zonas se ha redactado un «Cuaderno de Zona» donde se recogen, entre otros aspectos, las especies a emplear en la reforestación, los métodos de preparación del terreno o las densidades recomendadas. Igualmente, existe otro documento denominado «Requerimientos Técnicos» donde se establecen las «consideraciones técnicas referentes a los métodos de preparación del terreno, especies y plantación».

¿Cuáles son los criterios de valoración?

Este tipo de ayuda se convocan en concurrencia competitiva, como ya sabéis, cada uno de estos criterios tienen asociada una puntuación, cuantos más criterios se cumplan, más puntos se obtendrán y más posibilidades habrá de ser beneficiario. Los criterios son los siguientes:

  • Superficie (a mayor superficie… mayor puntuación)
  • Número de fragmentos (a menor número de fragmentos… mayor puntuación)
  • Superficie de los fragmentos (a mayor superficie… mayor puntuación)
  • Número de propietarios (a mayor número de propietarios… menor puntuación)
  • Terrenos privados 
  • Integración Laboral de Personas con Discapacidad
  • Asociación de Propietarios Forestales
  • Evaluación de Impacto Ambiental
  • Erosión (asociado a recintos con uso «tierras arables»)

En esta convocatoria, igual que las anteriores, la puntuación mínima es de 15 puntos.

¿Qué importe subvencionan?

Establecen un importe máximo por expediente o solicitud recogidos en el Anexo III de la Orden FYM/399/2015, de 12 de mayo. Sin embargo, por nuestra experiencia, podemos decir que, en términos generales, la reforestación es subvencionada al 100%, no así los trabajos u obras complementarias, las cuáles no suelen cubrir el importe total. En cualquier caso, los importes, tanto de la reforestación como de las obras complementarias, los establece la Junta de Castilla y León en el Anexo II de la Orden FYM/399/2015, de 12 de mayo.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo para la presentación de la solicitud y el resto de documentación es hasta el viernes, 29 de septiembre de 2023. Hasta entonces, os invitamos a poneros en contacto con nosotros para resolver cualquier duda que os pueda surgir al respecto y aportaros nuestra experiencia en la tramitación de este tipo de ayudas.

En definitiva…

Creemos que son unas ayudas necesarias con unas buenas condiciones para aquellos propietarios forestales que quieran convertir sus parcelas/fincas en terreno forestal sin más pretensión que conseguir, a medio y largo plazo, una superficie arbolada con los beneficios que suponen tener una cubierta vegetal arbolada:

  • Evitar los procesos erosivos y de degradación del suelo.
  • Aumentar la fijación de CO2
  • Aumentar la biodiversidad de superficies, en general, con escaso valor natural.
  • Apoyar el desarrollo socioeconómico de las zonas rurales.