El pasado viernes 18 de febrero se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) el Extracto de la Orden de 8 de mayo de 2018, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se convocan ayudas destinadas a la reforestación y creación de superficies forestales para el año 2018. Se trata de la tercera convocatoria de estas ayudas asociadas al Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 incluida en la Medida 8 «Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques» y, dentro de ésta, en la Submedida 8.1.1 «Ayudas a la reforestación y creación de superficies forestales».
En esta entrada encontrarás las principales características de ésta convocatoria animándote a ponerte en contacto con nosotros para analizar todos los aspectos que atañan a tú reforestación… Comenzamos.
¿Cuál es el objetivo de las ayudas?
Lo que persigue la Junta de Castilla y León es aumentar la superficie forestal en la región asegurando su éxito a través del mantenimiento de las repoblaciones realizadas. Pero… ¿qué es una reforestación? o ¿una forestación? o ¿repoblación forestal?
Estos conceptos giran en torno a la misma idea… creación de superficie forestales. El matiz está en el origen de estas superficie. Así, reforestación hace referencia a la introducción de especies forestales, mediante siembra o plantación en terrenos que presentaban, en un pasado cercano, una masa forestal de similares características pero, que quedaron rasos a causa de talas, incendios, vendavales, plagas, enfermedades u otros motivos, por el contrario, el término forestación se diferencia del anterior en que la introducción de las especies forestales, mediante siembra o plantación, se hace en lugares donde soportaban un uso diferente al forestal, principalmente, agrícola. En ambos casos, se puede hablar de repoblación forestal.
¿Cuáles son los terrenos y qué superficie mínima son necesarias?
Los terrenos que pueden ser objeto de éstas ayudas son aquellos clasificados con los siguientes usos SIGPAC (Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas):
- Pastizal (PS)
- Pasto arbustivo (PR)
- Pasto con arbolado (PA)
- Tierra arable (TA)
- Huerto (TH)
- Improductivo (IM)
A su vez, es necesario, cumplir una serie de requisitos en cuanto a densidad de arbolado (tiene que ser inferior al 10%) y, como establece la Consejería, presentar una superficie de al menos 5 hectáreas (con una continuidad de actuación de 2 ha) y un máximo de 100 hectáreas.
¿Qué tipo de trabajos subvenciona?
Se mantienen los trabajos subvencionables de las anteriores convocatorias, a saber:
- Preparación del terreno, adquisición de planta y plantación
- Instalación de protectores
- Obras complementarias:
- Vías de acceso
- Cortafuegos
- Puntos de agua
- Cerramientos
Como para de la subvención se define la prima de mantenimiento durante los 5 primeros años de la reforestación, la cual se cobra manteniendo en condiciones óptimas la reforestación realizada. El importe de esta ayuda son 300 €/ha (como se establece en las bases reguladoras «las entidades públicas no podrán ser en ningún caso beneficiarias de la prima de mantenimiento» –desde nuestro punto de vista es un error porque el mantenimiento de una reforestación es el mismo para cualquier tipo de entidad ya sea persona física o jurídica, otra cuestión es, la prima compensatoria que existía en anteriores programas de reforestación que podríamos llegar a estar de acuerdo en el que una entidad pública no la cobrara pero, en este caso, las primas de mantenimiento deberían reconocerse para todos los solicitantes por igual-).
¿Cuáles son los criterios de valoración?
No se han producido cambios significativos en los criterios de valoración establecidos con respecto a otras convocatorias, en cambio sí se ha modificado la puntuación de un criterio en particular. En concreto, se ha modificado la puntuación de pertenecer a una asociación forestal y, desde nuestro punto de vista, es totalmente injusto (aunque también nos parece injusto que den puntos por pertenecer a una asociación pero esta es otra cuestión que ya analizaremos en otra ocasión). Como decíamos, nos parece injusto porque se ha modificado los puntos que recibes por pertenecer a una u otra asociación discriminando aquellas que tengan un menor número de socios… cuanto menos nos parece curioso este punto de vista de la Consejería ya que penaliza a las asociaciones pequeñas.
Volviendo a los criterios de la convocatoria se mantiene la puntuación mínima en 15 puntos:
- Superficie total a repoblar (a menor superficie menor puntuación)
- Número de fragmentos afectados por la actividad (a mayor número menor puntuación)
- Superficie de los fragmentos afectados (a menor superficie menor puntuación)
- Número de propietarios (a mayor número menor puntuación)
- Terrenos privados
- Integración de discapacitados
- Asociación de Propietarios Forestales
- Evaluación de Impacto Ambiental
- Erosión (asociado a recintos con uso SIGPAC «TA»)
¿Qué importe subvencionan?
No establecen una cantidad mínima de ayuda puesto que dependerá de cada expediente el importe final subvencionado, sin embargo, por nuestra experiencia, podemos decir que subvencionan el 100% del proyecto de reforestación siempre y cuando se respeten los importes máximos fijados en el Anexo III de la Orden Reguladora.
En definitiva…
No se han producido cambios significativos de las bases reguladoras originales, salvo aspectos puramente administrativos y las modificaciones introducidas en los criterios de valoración que ya existían, únicamente, han variado la puntuación de estos aspectos. Sin embargo, esta convocatoria trae aparejado un cambio sustancial en cuanto al presupuesto que asigna la Consejería de Fomento y Medio Ambiento estimado en 8.000.000 € cantidad inferior a la anterior convocatoria.
Con su entrada en vigor el 19 de mayo de 2018 se comienza el procedimiento para solicitar estas ayudas hasta el día 22 de junio de 2018. Hasta entonces, os invitamos a poneros en contacto con nosotros para analizar las características de las parcelas a reforestar y aportaros nuestra experiencia en la tramitación de este tipo de ayudas.
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